• Compra-venta de participaciones sociales.

  • Constitución de sociedades mercantiles.

  • Operación acordeón. Bajo este término se permite por Ley reducir el capital social acero o por debajo del mínimo legal en el caso en el que se acuerde el cambio de la sociedad o el incremento de su capital hasta una cantidad igual o superior a la mencionada cifra mínima.